Elecciones en Buenos Aires: ¿hasta qué hora se puede comprar alcohol el sábado?

La medida busca prevenir incidentes relacionados con el consumo de bebidas y asegurar que la jornada electoral transcurra con normalidad.
¿Hasta qué hora se puede comprar alcohol el sábado?
¿Hasta qué hora se puede comprar alcohol el sábado?

Este domingo 7 de septiembre se llevarán a cabo las Elecciones Legislativas 2025 en la provincia de Buenos Aires. Como establece la ley, durante la jornada electoral existen ciertas restricciones para garantizar el normal desarrollo de los comicios.

Venta de alcohol: horarios de prohibición

La comercialización de bebidas alcohólicas estará prohibida desde las 20:00 del sábado 6 de septiembre hasta las 21:00 del domingo 7, es decir, tres horas después del cierre de las urnas. Durante ese período, ningún comercio, restaurante, bar o supermercado de la provincia de Buenos Aires podrá vender alcohol en toda la provincia.

Como establece la ley, durante la jornada electoral existen ciertas restricciones. Foto: Unsplash.

La medida busca prevenir incidentes relacionados con el consumo de bebidas y asegurar que la jornada electoral transcurra con normalidad.

Inicio y fin de la veda electoral

La veda electoral comienza el viernes 5 de septiembre a las 8:00, según lo dispuesto en el calendario oficial. Durante este lapso, se aplican varias prohibiciones contempladas en el artículo 71 del Código Nacional Electoral. Además de la venta de alcohol, se restringen actividades como espectáculos públicos, reuniones partidarias y la difusión de encuestas.

La veda culmina el domingo a las 21:00, una vez que hayan transcurrido tres horas desde el cierre de los comicios y se haya completado la votación.

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Hasta que hora se podrá comprar alcohol en la provincia de Buenos Aires.

Actividades prohibidas durante la veda

  • Realizar actos de proselitismo o manifestaciones políticas.
  • Difundir encuestas, sondeos o resultados parciales.
  • Organizar espectáculos populares, ya sea al aire libre o en recintos cerrados.

Estas medidas buscan asegurar que la elección se desarrolle de manera ordenada y que los votantes puedan ejercer su derecho de manera tranquila y segura.

Elecciones en Buenos Aires 2025: qué pasa si no voy a votar y cómo justificar la ausencia

La participación en estas elecciones es obligatoria para todos los ciudadanos bonaerenses empadronados, salvo para aquellos incluidos en los grupos exceptuados por la ley. Quienes no se presenten a votar sin una justificación válida serán incorporados al Registro de Infractores al deber de votar, una base de datos oficial gestionada por la Justicia Electoral.

Elecciones en Buenos Aires 2025. Foto: NA

La inclusión en este registro conlleva consecuencias concretas: se aplican multas económicas de entre $1.000 y $2.000 y restricciones administrativas, como la imposibilidad de realizar trámites ante organismos estatales durante un año y la inhabilitación para asumir cargos públicos durante tres años. Por eso, es fundamental que quienes no puedan presentarse a votar justifiquen su situación de manera adecuada y en los plazos establecidos.

Según la Ley Electoral de la provincia de Buenos Aires, los ciudadanos que no puedan emitir su voto deben justificar su ausencia ante la Justicia Electoral dentro de los 60 días hábiles posteriores al día de la elección. Para facilitar el trámite, la gestión puede realizarse de forma digital, ingresando al sitio oficial del Registro de Infractores.

Elecciones legislativas; urna; votación. Foto: NA.
Elecciones legislativas. Foto: NA.

Para acreditar la causa de la inasistencia, se deben presentar documentos oficiales según el motivo:

  • Certificado médico en caso de enfermedad o imposibilidad física.
  • Constancia policial si se estaba a más de 500 kilómetros del lugar de votación.
  • Documento laboral si se desempeñó una función indispensable ese día.
  • Constancia de asignación como fiscal o personal electoral en otra mesa.

Si la documentación presentada es aceptada, no se aplicarán sanciones al elector.